LICENCIAS DE OBRAS (MENORES Y MAYORES)


En V3 estudio podemos tramitarle todo el proceso para obtener la licencia de obras menores  o mayores para su local o vivienda o si lo necesitan  realizarles la documentación técnica a adjuntar en la tramitación, plano de emplazamiento, memoria descriptiva, proyecto básico y de ejecución, etc., y gestiona los expedientes requeridos por la administración para la correcta ejecución de las mismas. Solicítenos presupuesto.


Licencia de obras menores y mayores en viviendas y locales
Son obras menores todas aquellas que, por razón de su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica, puedan ser consideradas como tales, incluidas las de modificación de la disposición interior de los edificios. No se consideran obras menores aquellas que impliquen modificación de usos.

OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO MENOR EN VIVIENDAS:
Requisitos:
No impliquen el cambio de uso de vivienda.
No afecten, modifiquen o incidan en elementos comunes del edificio, condiciones de seguridad, especialmente estructura y ubicación de conductos generales de saneamiento vertical, ventilación, ni en el aspecto exterior de las edificaciones; ni se sobrepasen las sobrecargas con las que fueron calculadas. 

Supuestos :
Obras de reforma parcial no estructural incluida la modificación o supresión de tabiquería.
Obras de reparación, renovación, modificación o sustitución de suelos, techos,paredes, escayolas, chapados.
Instalación de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento y otros y demás revestimientos.
Obras que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas.

OBRAS DE ACONDICIONAMIENTO MENOR EN LOCALES:
Requisitos:
No afecte a la estructura del local.
No modifique el uso del mismo.
No incidan sobre el ejercicio de la actividad, o modifiquen los términos o condiciones en que se autorizó la misma en la correspondiente licencia o comunicación. En concreto, no podrán implicar una reducción de las condiciones de seguridad contra incendios, en relación con el cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección contra incendios, estabilidad y resistencia al fuego de elementos constructivos, instalaciones de detección, alarma y extinción, alumbrado de emergencia; ni modificar los recorridos de evacuación, aforo, establecer nueva distribución, o modificar las instalaciones de aislamiento acústico y similar.
Supuestos:
Obras de modificación, reparación, renovación o sustitución en suelos, techos y paredes.
Instalaciones de fontanería, electricidad, calefacción, saneamiento.
Obras que tengan por objeto la supresión de barreras arquitectónicas.
Carpintería, etc.

Se requerirá licencia de obras mayores para los demás casos, así como cuando se produzca una alteración de volumen o superficie construida, reestructuración, modificación sustancial de elementos arquitectónicos o comunes de un inmueble, del número de viviendas o locales que fueron autorizados por la licencia originaria del edificio, ni afectarán a la estructura (pilares, vigas, etc.), o al diseño exterior.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Entradas populares